Casación No. 547-2015  

Sentencia del 22/02/2016


“...En el presente caso, la casacionista considera que la Sala incurrió en el submotivo de error de hecho en la apreciación de la prueba por tergiversación de la declaración jurada anual y recibo de pago del impuesto sobre la renta, del período...
De las argumentaciones expuestas por la casacionista se aprecia que para poder determinar si efectivamente la mano de obra formó o no parte de su costo de ventas no basta con analizar los documentos denunciados como tergiversados, sino que adicionalmente se requiere apreciar el resto de la documentación que obra dentro del expediente administrativo, aspecto que impide al Tribunal de Casación a pronunciarse sobre el fondo de su pretensión...”